De acuerdo a la normativa en cuestiones vehiculares dentro de la Ciudad de México, es obligatorio que todo remolque cuente con registro y placas para poder circular. Al momento de realizar la compra de un vehículo de carga no motorizado, o remolque, es necesario realizar la inscripción del mismo dentro del registro vehicular ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI), que es la dependencia encargada de regular y organizar las necesidades de movilidad y medio ambiente dentro de la Ciudad de México. Con dicha inscripción se le asigna un número de placa de matrícula vehicular (láminas que cuentan con una nomenclatura conformada por letras y números de acuerdo a la norma oficial mexicana autorizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes) y tarjeta de circulación a tu remolque, con la cual se llevará un registro y control vehicular; así mismo, contando con dicha alta el remolque podrás circular sin problema en cualquier vialidad pública o federal. Si adquiriste un remolque, es necesario que realices el trámite de alta de remolque nuevo en la Ciudad de México, sólo ingresa tus datos y en sutrámite.com nos encargaremos de realizar la gestoría de la inscripción de tu remolque para que puedas comenzar a circular con él lo antes posible.
Para poder iniciar la gestoría de tu trámite, es necesario que llenes el siguiente formato para obtener un número de pedido y poder realizar el pago correspondiente. Posteriormente daremos inicio a tu trámite. Los datos de envío se deben llenar en la sección de pago.
Nacional
Extranjera
1. Original de identificación oficial vigente: credencial del IFE, Cartilla Militar, Pasaporte, Cédula Profesional o Licencia de Conducir del DF., en caso de extranjeros FM2 (Emigrados) o FM3 (Residentes temporal).
2. Original de comprobante de domicilio de la Ciudad de México, con vigencia no mayor a tres meses: Recibo telefónico, agua, predial (bimestral), estado de cuenta bancario, luz (datos completos), en el caso de estado de cuenta o recibo de telefonía celular deberá estar a nombre del titular, en caso de persona Moral el comprobante deberá estar a nombre de la razón social.
3. Original de comprobante del pago de tenencia según sea el caso.
4. Original de factura o carta factura con vigencia no mayor a 30 días; acompañada de una copia sin valor de la factura de origen, (el documento de propiedad no debe tener alteraciones, tachaduras o enmendaduras).
5. Original de carta poder simple.